COMISIÓN EJECUTIVA
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COMISIÓN EJECUTIVA. ANTECEDENTES: El 16 de abril de mil novecientos noventa y nueve se firmó el “Protocolo. General entre la FEMP y el Instituto de ...

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27-2-2006
FECHA:  Propuesta de Convenio específico de colaboración mutua en desarrollo del ASUNTO: pParroat loac orleoa liGzeancieórna l dseu sccurristoo s ean trfue nlcai oFnEaMriPos  yd ee l laIn sAtditmutioni sdtrea cEisótnu dLioocs alF,i sscoables re Instituciones de contabilidad.    ANTECEDENTES: El 16 de abril de mil novecientos nove nta y nueve se firmó el Protocolo General entre la FEMP y el Instituto de Estudios Fiscales.  En la cláusula primera del mismo se reco ge como uno de los ejes de actuación conjunta, la realización de jornadas de formación.  Teniendo en cuenta la necesidad de que los funcionarios públicos locales cuenten con los elementos de información suficiente para que la aplicación de las nuevas instrucciones de contabilidad local, que entraron en vigor el 1 de enero de 2006, se produzca sin contra tiempos y con el conocimiento amplio de su aplicación práctica, el objeto del presente borrador de convenio consiste en la celebración, en colaboración con la FEMP, de un máximo de once cursos sobre los distintos modelos de contabilidad, normal, simplificado y básico.  La siguiente propuesta cuenta con el visto bueno de la Comisión de Haciendas Locales.  Se ha remitido a informe de la asesoría jurídica quien tras examinar el convenio no tiene observaciones que formular.  Se adjunta texto del borrador de conven io y características de los cursos.   Lo que se somete a la consideración de la Comisión Ejecutiva para su valoración, aprobación y firma por el Secretario General de la FEMP, si procede.  
    PROPUESTA:
Federación Española de Municipios y Provincias  
Instituto de Estudios Fiscales
CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN MUTUA EN DESARROLLO DEL PROTOCOLO GENERAL SUSCRITO ENTRE LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS Y EL INSTITUTO DE ESTUDIOS FISCALES.    En Madrid, a . de .. de 2005    De una parte D, Secretario General de la Federación Española de Municipios y Provincias actuando en nombre y representación de dicha Federación en virtud de las competencias que le atribuye el artículo 37 3ª de sus Estatutos.  De otra parte D. Jesús Ruiz-Huerta Carbonell, Director General del Organismo Autónomo Instituto de Estudios Fiscales del Ministerio de Economía y Hacienda actuando en nombre y representación de dicho Organismo en virtud de las atribuciones que le confiere el Real Decreto 63/2001 de 26 de Enero que aprueba su Estatuto en aplicación del artículo 51 de la Ley 14/2000 de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social.  Ambas partes se reconocen y declaran con competencia y capacidad legal suficiente para formalizar el presente Convenio y     Que ambas instituciones consideran de interés mutuo para el adecuado cumplimiento de sus respectivas funciones descritas en el Protocolo General suscrito con fecha . de  de 2005, establecer el presente Convenio Específico que haga posible llevar a cabo lo acordado en el referido Protocolo respecto al desarrollo mediante acuerdos específicos de actuaciones conjuntas relacionadas con la investigación, formación y difusión del conjunto de disciplinas relativas a la Hacienda Pública, Administración Financiera y Tributaria y cuantas otras materias se relacionen tanto con los ingresos como con el gasto público, en orden a promover el desarrollo personal y profesional de los empleados públicos en el ámbito de la Administración Local.
MANIFIESTAN
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Federación Española de Municipios y Provincias  
ACUERDAN  
CLAUSULAS  
Instituto de Estudios Fiscales
 En razón de lo cual, ambas instituciones     Establecer el presente Convenio Específico con sujeción a las siguientes     PRIMERA: OBJETO  El objeto del presente Convenio estará constituido por la organización, programación, elaboración y realización de un máximo de 11 cursos, destinados a funcionarios de la Administración Local, sobre Instrucciones de Contabilidad Local.   SEGUNDA: PLAN DE TRABAJO DE LAS ACTIVIDADES  La realización de los indicados Cursos se desarrollará a lo largo del ejercicio 2006. Las fechas para su realización, así como las respectivas duraciones, serán las indicadas en los Anexos del presente Convenio.   TERCERA: DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES   Las actividades referidas en la Cláusula Primera se impartirán a distancia y tendrán carácter virtual, ajustándose a lo establecido en los Anexos del presente Convenio.  Las Unidades Didácticas necesarias para su desarrollo serán elaboradas por expertos de contabilidad de la Intervención General de la Administración del Estado.   
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Federación Española de Municipios y Provincias  
Instituto de Estudios Fiscales
 Asimismo, serán profesionales expertos en materia de contabilidad los tutores encargados de cada curso, del seguimiento docente de los alumnos y de la evaluación de los mismos.  A la finalización de cada curso, el Instituto de Estudios Fiscales extenderá a cada alumno el correspondiente Certificado de aprovechamiento, siempre que éste haya cumplido los requisitos establecidos.   CUARTA: COMISIÓN MIXTA  En desarrollo de lo dispuesto en el Protocolo General de . de .. de 2005, se constituye una Comisión Mixta integrada por D./D . . ª .. en representación del Instituto de Estudios Fiscales, D./Dª. . en representación de la Federación Española de Municipios y Provincias.  Por razón de la materia de los Cursos objeto del presente Convenio se podrá integrar en la Comisión Mixta un representante de la Intervención General de la Administración del Estado.  La Comisión tendrá los siguientes cometidos: a)  Proponer las actuaciones lectivas objeto del presente Convenio y que requerirán la previa ratificación de los órganos de dirección de ambas instituciones. b)  Desarrollar las medidas precisas que propicien la mejor ejecución de las actividades detalladas en los Anexos del presente Convenio. c)  Aprobar la solicitud de colaboración de tercero o terceros que proponga alguna de las partes. d)  Efectuar el seguimiento, control de ejecución y valoración de los Cursos a lo largo del período de vigencia del presente Convenio, elaborando, caso de considerarse oportuno, el correspondiente informe sobre los resultados de las actividades.
  QUINTA: FINANCIACIÓN  La financiación de las actividades, la elaboración del material didáctico y el profesorado necesario para impartir los cursos contenidos en el presente Convenio correrá a cargo del  3
Federación Española de Municipios y Provincias  
Instituto de Estudios Fiscales
Instituto de Estudios Fiscales. Las retribuciones correspondientes se harán efectivas en el marco de la Resolución del Instituto de Estudios Fiscales sobre Módulos Retributivos, relativa al ejercicio correspondiente.  La Federación Española de Municipios y Provincias asumirá la financiación de las actuaciones de información y difusión de los Cursos objeto del presente Convenio, así como de la selección de participantes en los mismos   SEXTA: COLABORACIÓN DE TERCEROS  Con el fin de asegurar el mejor resultado de las actividades lectivas relacionadas en el presente Convenio, las partes firmantes tendrán libertad para solicitar la colaboración técnica de otros organismos, entidades, instituciones y profesionales privados siempre que así lo proponga la Comisión Mixta.   SEPTIMA: RÉGIMEN JURÍDICO  El presente Convenio tiene naturaleza jurídico administrativa rigiéndose además de lo estipulado en él y en el Protocolo General de .. de  de 2005, por la normativa específica vigente sobre Convenios.  Sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Comisión Mixta a las que se refiere la Cláusula Cuarta, para resolver cuantas cuestiones litigiosas puedan plantearse sobre su contenido, interpretación, cumplimiento, extinción, resolución y efectos serán competentes los Tribunales del Orden Jurisdiccional Contencioso Administrativo (art. 3.1, d TRLCAP).   OCTAVA: PROPIEDAD INTELECTUAL  En su caso, los derechos de propiedad intelectual que pudieran surgir derivados de la elaboración de materiales necesarios para la realización de los Cursos objeto del presente Convenio, se atribuirá al Instituto de Estudios Fiscales.   
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Federación Española de Municipios y Provincias  
Instituto de Estudios Fiscales
NOVENA: VIGENCIA DEL CONVENIO  La vigencia del presente Convenio se extenderá desde la fecha de su firma a lo largo de un año natural. Podrá prorrogarse su vigencia, anualmente, previa propuesta de la Comisión Mixta y aprobación de los Organismos firmantes del mismo.  Y en prueba de conformidad con lo expresado, las partes suscriben el presente Convenio en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.    POR LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS     Fdo.:
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POR EL INSTITUTO DE ESTUDIOS FISCALES
Fdo. D. Jesús Ruiz-Huerta Carbonell
Federación Española de Municipios y Provincias  
Instituto de Estudios Fiscales
ANEXO: CARACTERÍSTICAS DEL CURSO
 Metodología: Se impartirá como curso tutorizado  a través de Internet, promoviendo la máxima interacción entre alumnos y tutor, apoyándose en materiales rigurosos y de fácil acceso.  Objetivos: Facilitar el conocimiento y la aplicación de las nuevas Instrucciones de Contabilidad Local a un colectivo alejado y numeroso, con dificultades de acceso a cursos presenciales.  Profesorado: El curso lo impartirá un tutor (excepcionalmente se admitirán 2 tutores), experto en la materia y previamente entrenado en este entorno virtual de formación.  Alumnos: Entre 20 y 200.  Actividades: Los alumnos realizarán ejercicios prácticos para comprobar el correcto aprendizaje de la materia, con posibilidad de formular preguntas sobre la misma al tutor.  Duración: Entre 4 y 8 semanas, en las que se incluye unos días de manejo de herramientas al principio del curso.  Diploma: Se expedirá diploma de aprovechamiento, cuando el alumno supere los ejercicios prácticos propuestos.  Requisitos tecnológicos mínimos: - Sistema Operativo Windows: 98, Millennium, 2000 o XP (Recomendable Windows 2000/XP) - Intel Pentium II 233 Mhz o superior (Recomendable Pentium III 500 Mhz). - 64 Mb de RAM (Recomendable 128 Mb de RAM para Windows 2000 y 256 Mb de RAM para Windows XP) - Navegador Internet Explorer 5.0 o superior. - Microsoft Word 97 o superior. - Adobe Acrobat Reader.
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